Quién se puede acoger a la ley de la segunda oportunidad?
Toda persona física, tanto particular como autónomos que cumplan estos requisitos:
1.- No haber sido declarado culpable en un concurso de acreedores
2.- No haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, contra la Seguridad Social o Hacienda o contra los derechos de los trabajadores.
3.- No haber intentando o conseguido un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
4. La buena fe.
5. Insolvencia actual o inminente.
6. No tener una deuda de más de 5 millones de euros.
1.- No haber sido declarado culpable en un concurso de acreedores
2.- No haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, contra la Seguridad Social o Hacienda o contra los derechos de los trabajadores.
3.- No haber intentando o conseguido un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
4. La buena fe.
5. Insolvencia actual o inminente.
6. No tener una deuda de más de 5 millones de euros.
Procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad
Dependiendo de si se es persona física o empresario se realizará de una forma u otra:
1.- Si es persona física, tanto si trabaja por cuenta ajena como por cuenta propia (sin estar inscrito en el Registro Mercantil) la solicitud es ante notario, que si no tiene uno, ZERODEUDA.ES lo proporcionará.
2.- Si es empresario inscrito en el Registro Mercantil la solicitud es ante el Registro Mercantil de la ciudad donde resida.
El deudor, deberá rellenar un formulario publicado por el Ministerio de Justicia proporcionado por ZERODEUDA.ES. Los datos que contenga el formulario deberán estar justificados, es decir, se tendrá que aportar por parte del deudor el certificado de nacimiento, el libro de familia, el certificado de antecedentes penales, la empresa en la que trabajan con CIF y domicilio , los datos completos de los vehículos, de los inmuebles, etc.
Se tendrá que identificar la vivienda, si es de alquiler o de compra e incluir la dirección exacta y si es con hipoteca, datos completos con registro, etc.
Identificar su trabajo, si es por cuenta propia o ajena (nombre empresa) y domicilio.
Identificar cuenta corriente donde cobra su sueldo, pensión, prestación, etc.
Tranquilo, en todos estos tramites, le vamos a ayudar a rellenarlo y no se tiene que preocupar de nada. Vamos a ir juntos desde el principio hasta el final. Solo tiene que juntar toda la documentación y venir a nuestras oficinas.
1.- Si es persona física, tanto si trabaja por cuenta ajena como por cuenta propia (sin estar inscrito en el Registro Mercantil) la solicitud es ante notario, que si no tiene uno, ZERODEUDA.ES lo proporcionará.
2.- Si es empresario inscrito en el Registro Mercantil la solicitud es ante el Registro Mercantil de la ciudad donde resida.
El deudor, deberá rellenar un formulario publicado por el Ministerio de Justicia proporcionado por ZERODEUDA.ES. Los datos que contenga el formulario deberán estar justificados, es decir, se tendrá que aportar por parte del deudor el certificado de nacimiento, el libro de familia, el certificado de antecedentes penales, la empresa en la que trabajan con CIF y domicilio , los datos completos de los vehículos, de los inmuebles, etc.
Se tendrá que identificar la vivienda, si es de alquiler o de compra e incluir la dirección exacta y si es con hipoteca, datos completos con registro, etc.
Identificar su trabajo, si es por cuenta propia o ajena (nombre empresa) y domicilio.
Identificar cuenta corriente donde cobra su sueldo, pensión, prestación, etc.
Tranquilo, en todos estos tramites, le vamos a ayudar a rellenarlo y no se tiene que preocupar de nada. Vamos a ir juntos desde el principio hasta el final. Solo tiene que juntar toda la documentación y venir a nuestras oficinas.
Me pueden quitar mi pensión?
Nunca, la pensión es inembargable y no se la podrán quitar aún acogiéndose a la ley de la segunda oportunidad.
Dónde tengo que pedir el certificado de antecedente penales?
Se puede solicitar de tres formas presencial, por correo o por internet:
1.Presencial:
Comunidad Autónoma de Madrid: En la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
Resto de Comunidades Autónomas: En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
Cuando la solicitud se realiza de forma presencial, el certificado se emite normalmente en el momento. No obstante es necesario prever que en determinados casos puede ser necesario un periodo mayor, en general no superior a 3 días hábiles. El plazo que la Administración tiene para dicha expedición es de 10 días hábiles desde su presentación.
2. Por correo:
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/ciudadanos/certificado-antecedentes?param1=2
3. Por internet:
https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-antecedentes
1.Presencial:
Comunidad Autónoma de Madrid: En la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
Resto de Comunidades Autónomas: En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
Cuando la solicitud se realiza de forma presencial, el certificado se emite normalmente en el momento. No obstante es necesario prever que en determinados casos puede ser necesario un periodo mayor, en general no superior a 3 días hábiles. El plazo que la Administración tiene para dicha expedición es de 10 días hábiles desde su presentación.
2. Por correo:
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/ciudadanos/certificado-antecedentes?param1=2
3. Por internet:
https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-antecedentes
Donde pido el certificado de cuentas bancarias?
Acude personalmente a tu oficina bancaria y solicitalo o pídelo a través de alguna aplicación móvil o de internet si tu banco la tiene donde indique la titularidad de cuenta.
Donde pido el certificado de nacimiento y empadronamiento?
Diríjase a su parroquia y ayuntamiento más cercano e infórmese. Muchas gestiones ahora dependiendo de su población, se podrá hacer telepáticamente.
Qué gastos son los que tengo que poner en el formulario?
Solo los que estén a su nombre. Nosotros le ayudamos en todos esos tramites.
Que son los acreedores?
Los acreedores son por ejemplo: el banco, la entidad financiera, el prestamista, la Seguridad Social, Hacienda y toda persona física o jurídica a la que debe dinero, teniendo en cuenta, que ni la Seguridad Social ni Hacienda le van a rebajar ni un céntimo.
Qué es el capital mobiliario?
Son por ejemplo las acciones, obligaciones, depósitos financieros, pensiones, etc. Aunque no se preocupe, su pensión es inembargable.
En los inmuebles, donde puedo encontrar el valor catastral y sus datos?
Si tiene el ultimo recibo de contribución del IBI (Impuesto de bienes inmuebles) allí aparece, y si no, en el Registro de la propiedad, los puedes solicitar en el siguiente enlace: https://sede.registradores.org/propiedad/busqueda
Puedo elegir yo el notario?
Por supuesto, aunque solo el de su localidad de empadronamiento, aunque cualquier notario tiene la obligación de atenderle y hacer dicho trabajo, aunque en la realidad, no todos están habituados a hacerlo, y nuestra experiencia es que al ser un trabajo arduo y no bien retribuido, suelen dejarlo encima de la mesa y pasan semanas e incluso meses hasta que encuentran mediador.
ZERODEUDA.ES trabaja con notarios expertos y conocedores de la ley de segunda oportunidad que hacen que dichas gestiones sean ágiles en el tiempo y la forma, con honorarios muy ajustados y ganando semanas para llegar a nuestro fin ultimo.
ZERODEUDA.ES trabaja con notarios expertos y conocedores de la ley de segunda oportunidad que hacen que dichas gestiones sean ágiles en el tiempo y la forma, con honorarios muy ajustados y ganando semanas para llegar a nuestro fin ultimo.
Que documentación tengo que llevar a la notaría?
Aunque le acompañaremos en todo momento, el día de la notaria, tiene que llevar la siguiente documentación:
1.- El formulario oficial
2.- Certificado de penales
3.- Certificado de empadronamiento
4. Certificado nacimiento
1.- El formulario oficial
2.- Certificado de penales
3.- Certificado de empadronamiento
4. Certificado nacimiento